APOYO DE SOSTENIMIENTO
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El Apoyo de Sostenimiento es un programa del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA que tiene como finalidad contribuir a sufragar gastos básicos."
Es un programa del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA que tiene como finalidad contribuir a sufragar gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal de sus aprendices clasificados en estratos 1 y 2, durante las fases lectiva y productiva de su proceso de formación.Esta iniciativa está regulada por el Decreto 4690 de 2005 del Ministerio de la Protección Social y el Acuerdo No. 0005 de 2006 de la Dirección General del SENA.
Convocatoria I – 2013- Ampliación. Adjudicación Apoyos de Sostenimiento para Aprendices SENAA partir del 31 de julio al 2 de agosto de 2013. La convocatoria de apoyos de sostenimiento tiene como población objetivo los aprendices matriculados en formación titulada abierta, pertenecientes a los estratos 1 y 2, que no hayan suscrito contrato de aprendizaje, que no tengan otro tipo de apoyo y que formulen su plan de negocio coherente con su formación de programa.
Convocatoria 1 - 2012. Adjudicación Apoyos de Sostenimiento para Aprendices SENAA partir del día 21 de Marzo de 2012 se dio apertura a la convocatoria I – 2012 de Apoyos de sostenimiento para los aprendices matriculados en formación titulada, pertenecientes a los estratos 1, 2 del Sisben, que no haya suscrito contrato de aprendizaje, no tener otro tipo de apoyo, que formulen su plan de negocio coherente con su programa de formación, y presten un servicio de gestores de monitoria en su centro de formación. Esta convocatoria está dirigida a todos los centros de formación del país.
APOYO DE SOSTENIMIENTO
La Ley 789 de 2002 establece que las empresas están obligadas a contratar un aprendiz por cada 15 trabajadores. La relación de aprendizaje le permitirá a la empresa desarrollar un papel coformador en el proceso formativo del aprendiz por un tiempo determinado no superior a dos (2) años. Por esto, el aprendiz recibirá un apoyo de sostenimiento mensual que será, como mínimo en la fase lectiva, el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un (1) salario mínimo mensual legal vigente. Durante la fase práctica, ese apoyo de sostenimiento mensual será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente.
El Decreto 1779 del 18 de mayo de 2009 permite que los empleadores no exceptuados de contratar aprendices aumenten voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando NO hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en la que se solicite la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nomina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje voluntarios:
- Empresas entre 1 y 14 empleados podrán vincular desde 1 aprendiz hasta un número equivalente al 50% del total de empleados en la respectiva empresa.
- Empresas entre 15 y 50 empleados podrán vincular un número de aprendices equivalente, máximo, al 40% del total de empleados en la respectiva empresa.
- Empresas entre los 51 y 200 empleados podrán vincular un número de aprendices que no supere el equivalente al 30% del total de empleados en la respectiva empresa.
- Empresas con más de 200 empleados podrán vincular tantos aprendices como el equivalente al 20% del número total de empleados de la respectiva empresa
Preguntas frecuentes
A través del contrato de aprendizaje, el empleador apoya la formación del talento humano para mejorar la productividad y competitividad de su empresa.
ADEMÁS EL SENA BRINDA A SUS ESTUDIANTES LOS SIGUIENTES SERVICIOS
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